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BANCO MERCANTIL CUENTA CORRIENTE: No.- 0105-0728-61-1728051304 A Nombre de CONDOMINIO EDIFICIO CENTRO RESIDENCIAL UNIVERSIDAD

sábado, 26 de febrero de 2011

viernes, 25 de febrero de 2011

AVISO DE RACIONAMIENTO

AVISO DE RACIONAMIENTO

Estimados co-propietarios e Inquilinos del Centro Residencial Universidad, se les informa que hidrolara realiza un mantenimiento y esta suspendido el suministro de agua según carta Anexa, Se realizará racionamiento agua

Mañana De 8:00am hasta las 11:00am
Tarde de 2:00pm hasta las 6:00pm
Noche de 9:00pm hasta las 6:00AM

La Noticia pueden verla  directamente blogspot http://www.condominiouniversidad.blogspot.com/


Agradecemos su valiosa colaboración en resguardar las áreas comunes.


Junta Provisional de Condominio

Se suspenderá el servicio este viernes Hidrolara realizará mantenimiento en la Planta "Ciudad de Barquisimeto"

 24-02-11                             _____________________________Prensa Hidrolara
 Rif: G-20009014-6

Se suspenderá el servicio este Viernes

Hidrolara realizará mantenimiento en la
Planta “Ciudad de Barquisimeto”

 (Prensa Hidrolara/ Karolina Oviedo) Para este Viernes 25 de Febrero la empresa hidrológica de la entidad tiene programado realizar trabajos de envergadura en la Planta de Tratamiento “Ciudad de Barquisimeto” ubicada en Quibor, municipio Jiménez aprovechando que la empresa eléctrica CORPOELEC realizará un corte de suministro eléctrico en el Municipio Morán.

        Así lo informó, la presidenta ingeniero Adriana Díaz, quien anunció que debido a estos trabajos se tiene programado suspender el servicio de agua potable en los municipios Morán, Jiménez e Iribarren, desde las 5am hasta las 4pm de este viernes, por lo que se exhorta a la población de dichos municipios  a tomar las previsiones correspondientes.

            Díaz explicó, que dentro de los trabajos a realizar está la colocación de los transformadores de carro de maniobra del interruptor de servicio auxiliar de la Estación de bombeo “Dos Cerritos”, sustitución de válvula de post- aspiración existente, y colocación de válvulas de control para la incorporación de transformadores de presión existente.

            Es importante destacar que, si se tienen las condiciones eléctricas e hidráulicas necesarias se comenzará con el arranque de los equipos y la recuperación pertinente para que la población reciba el servicio con normalidad.

En 90 días no se podrá fumar en interior de lugares públicos

http://www.globovision.com/news.php?nid=179198

viernes, 18 de febrero de 2011

miércoles, 16 de febrero de 2011

INFORMACION IMPORTANTE

Estimados co-propietarios e Inquilinos del Centro Residencial Universidad, de ahora en adelante envíe por estas vía, las sugerencias por correo electrónico, y también podrá estar Informado vía el BLOGSPOT del Edificio.



Twitter: @edifuniversidad


Agradecemos su valiosa cooperación

Junta Provisional de Condominio

martes, 15 de febrero de 2011

Condominio arbitrario...?

Ninguna junta de condominio puede ordenar la suspensión de un servicio público

Tratase del inquilino de un apartamento donde la junta de condominio le cortó el servicio del agua por estar moroso en el pago del condominio. Al acudir el inquilino a solicitar información de lo ocurrido, la junta de condominio alegó que dicha medida es legítima por haberse tomado en asamblea de copropietarios, y que las próximas acciones a adoptar, en caso de persistir la morosidad, era el corte de luz, gas y la restricción del uso del ascensor.

Se pregunta: ¿Es legal que la junta de condominio apruebe suspender el servicio del agua al inquilino o propietario por deudas del condominio? El inquilino afectado contrató los servicios de un abogado, quien a través de un juez, practicó una inspección ocular para dejar constancia de los hechos. El tribunal se trasladó al piso correspondiente al inmueble, y constató que en las llaves de paso había un"tapón" que impedía la fluidez del agua. Se demostró que en la cartelera del edificio fue colocada una comunicación dirigida a los copropietarios emanada de la junta, donde se les advierte a los morosos que se adoptarán contra ellos medidas paraque cumplan con sus obligaciones.

El abogado del inquilino interpuso acción de Amparo Constitucional. Explicó al tribunal que su representado, por no haber pagado a la fecha seis cuotas de condominio, fue víctima de la conducta asumida por la junta de condominio. El inquilino solicitó al juez que se les ordene a los miembros de la junta, restablecer el servicio del agua al apartamento. Pidió que se condene a la junta a pagar los gastos del juicio, los honorarios profesionales del abogado y una indemnización por los daños sufridos. Por su parte, los integrantes de la junta de condominio, en su defensa argumentan que, ¿cómo es posible que el inquilino reclame derechos, si éste no ha cumplido con sus obligaciones?, que más bien es él quien causa daños a sus vecinos. Señalaron en su defensa, que por culpa del inquilino moroso, el resto de los copropietarios han sufrido el corte del servicio del agua en el edificio por la empresa que lo presta.

El tribunal sentenció que nadie puede hacerse justicia por sí mismo, ya que paraello están los tribunales. Que un particular no puede ordenar la suspensión del servicio del agua a un apartamento por morosidad en el pago de las cuotas de condominio. Esta práctica muy arraigada en algunas juntas de condominio, quizás por falta de asesoría legal, es contraria a derecho por ser un atentado a la salud delos ocupantes del inmueble. Si la junta corta el servicio del agua como lo hizo, atenta contra la dignidad, el honor y la reputación de los ocupantes del apartamento afectado. Las vías de hecho no son la forma de arreglar cuestiones de derecho.

El tribunal precisó que ninguna junta de condominio tiene facultad para ordenar la suspensión de un servicio público. Que la vía para ejercer sus derechos es acudir alos tribunales al cobro de lo adeudado por el ocupante del inmueble. El tribunal sentenció a favor del inquilino moroso y ordenó a la junta colocar de inmediato la llave de paso para el suministro del agua al apartamento en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas. Así se decidió. Concluimos que aun cuando el Derecho nos asista, debemos acudir a los tribunales para dirimir nuestros conflictos con los demás. Es ilegítimo asumir el rol de "impartir justicia de forma personal".

Abogado Litigante. Profesor U.C.V., U.C.A.B., y U.S.M. asomivis@cantv.net04/01/2011eluniversal.comeluniversal.com/…/imp_opi_46281_art…1/2

PARA LA CONVIVENCIA EN EL CONDOMINIO EDIFICIO CENTRO RESIDENCIAL UNIVERSIDAD

lunes, 14 de febrero de 2011

Ahorristas de Casa Propia recibirán sus pagos a partir de este martes

Los clientes y ahorristas de Casa Propia, entidad financiera intervenida el pasado 28 de enero por el Gobierno nacional podrán retirar su dinero a partir de este martes 15 de febrero cuando inicie el proceso de pago de garantías por hasta 30 mil bolívares fuertes.
 
Las personas naturales deberán presenta cédula de identidad o pasaporte vigentes, en original y copia, y un documento que lo relacione con el banco y evidencie el carácter de titular, como libreta de ahorro, último estado de cuenta, cheques en blanco o recibo de depósito.
 
En el caso de personas jurídicas, además de los citados documentos deben presentar el Registro de Información Fiscal (RIF) del titular del instrumento financiero, en original y copia; el documento constitutivo con sus estatutos sociales vigentes y sus modificaciones.
 
En caso de presentarse un apoderado debe presentar el documento que lo certifica para actuar como tal debidamente autenticado.
 
Los solicitantes deberán llenar tres ejemplares de la planilla de transferencia y subrogación, las cuales están disponibles en las páginas web del Banco de Venezuela o del Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios o en las agencias de las 15 instituciones bancarias que colaboran con este proceso.
 
El Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios aclara que en el Banco de Venezuela y demás instituciones colaboradoras sólo retendrán la copia de los documentos una vez constatada contra los documentos originales, tal y como refiere una nota de prensa.

sábado, 12 de febrero de 2011

REUNION DE CONDOMINIO

Estimados co-propietarios e Inquilinos del Centro Residencial Universidad, se les recuerda convocatoria a una Reunión de condominio el Día Martes 15 de Febrero a las 7:00PM lugar salón de Fiestas, puntos a tratar:

.- Renovación Junta de Condominio
.- Cambio de Administración
.- Entrega de Documento del Reglamento para la Convivencia del
   Condominio para su Revisión.
.- Nuevas Vía de Información y hacer Contactos del Condominio a través de la cuenta de 
y blogspot  http://www.condominiouniversidad.blogspot.com
Twitter: @edifuniversidad

Agradecemos su valiosa asistencia,

Junta Provisional de Condominio



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Normas Relativas a la Protección de los Usuarios de los Servicios Financieros

FILTRACIONES POR FALTA DE IMPERMEABILIZACION

HIDRONEUMATICO ARREGLADO